FEDERACIÓN DE ATLETISMO DE MADRID

Ayudas a deportistas madrileños 2022 - Concesión

El pasado 15 de julio de 2002 se ha publicado en el BOCM la Orden 919/2022, que contiene el listado de los deportistas que han obtenido ayuda económica, así como los suplentes.

El pago de estas ayudas se realizará previa presentación por los beneficiarios, en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de la Orden de concesión en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, del certificado de la Federación a que se refiere el artículo 8 de la Orden 1853/2016 y el dispongo octavo 8 de la Orden 317/2022, de 14 de marzo, que contiene la convocatoria de 2022. Asimismo, en el caso de no presentar la justificación o de que la ayuda sea objeto de revocación por alguna de las causas del artículo 9 de la Orden de bases reguladoras, para que se pueda producir la cobertura automática de las vacantes por los suplentes, será necesario dicho certificado.

La Federación de Atletismo de Madrid se encargará de enviar a la CAM todos los certificados de los atletas concesionarios.

Más información y resolución con admitidos y excluidos

Concesión (Orden 919/2022)