Subvención a Clubes del Ayuntamiento de Madrid
Cuestiones importantes:
- Las solicitudes podrán presentarse en un plazo de 15 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid”.
- La solicitud se debe presentar de forma obligatoria y exclusiva por Sede Electrónica, mediante Certificado digital de la entidad o de su representante legal, en la página web municipal.
- La documentación anexa necesaria se debe presentar también con la solicitud, pero en el caso de problemas, se puede presentar presencialmente o mediante e-mail al Departamento de Deportes Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., una vez presentada la solicitud en Sede Electrónica.
- El presupuesto debe referirse a las actividades para las que se solicita la subvención. NO tiene porque ser el presupuesto total del club o entidad.
- Las partidas de gasto que se reflejen tienen que poder justificarse posteriormente mediante facturas y documentos de pago adecuados.
- Los ingresos que se reflejen tienen que referirse a los generados por la actividad: pagos mensuales de escuelas, patrocinios, subvenciones recibidas para los mismos objetivos para los que se solicite la del Ayuntamiento, ventas, loterías,... Las cuotas extraordinarias de socios destinadas a equilibrar el presupuesto no es obligatorio reflejarlas.
- El presupuesto de la actividad debe contener un déficit suficiente para poder recibir la subvención que corresponda. Si las actividades no son deficitarias no procede solicitar la subvención.
Convocatoria Subvencion
Más información: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y al teléfono 91 513 26 60 (de 10.30 a 14.00 horas)